CHEQUE
Es el instrumento de pago que permite, a determinada fecha, retirar cierta cantidad de dinero de la cuenta corriente del firmante.
El firmante puede contar con fondos suficientes en la cuenta o estar autorizado para girar en descubierto.
Existen dos clases de cheques:
a) cheque común (orden de pago pura),
b) cheque de pago diferido (orden de pago librada a días vista).
Los elementos que debe contener un cheque son:
a) La denominación”cheque” o”cheque de pago diferido” inserta en su texto, b) un numero de orden impreso,
c) la fecha de creación y de pago,
d) el nombre de la entidad girada y el domicilio de pago,
e) la orden de pagar una suma de dinero expresada en números y letras y la firma y el nombre del librador, domicilio, identificación tributaria o laboral o de identidad.
1. PARTES DEL CHEQUE:
Datos de la entidad bancaria y sucursal de la cuenta sobre la que se ha de efectuar el pago (domicilio, teléfono, email, etc.)
2. Código cuenta cliente y código IBAN (International Bank Account Number), muy útil si el cheque es cobrado a través de una entidad de otro país.
3. Importe del cheque expresado en números. Es aconsejable comenzar y terminar dicho importe con una almohadilla «#»
4. Persona a favor (física o jurídica) de la que se emite el cheque aunque también puede ser «al portador»
5. Importe del cheque, expresado en letras. En caso de duda esta es la cantidad que prevalece, si no se rellena todo el espacio suele rellenarse con una ralla horizontal.
6. Lugar y fecha de emisión del cheque.
7. Serie, tipo y número de documento que en cada cheque es único.
8. Lugar reservado para la firma de quién emite el cheque. Si el cheque es de una empresa además de la firma de la persona que representa a la empresa también suele llevar el sello de la empresa
9. Serie, tipo y número de documento reservado para la lectura mecánica del cheque.
TIPOS DE CHEQUES
1.- AL PORTADOR: Es aquel que no se le ha borrado las frases A LA ORDEN, AL PORTADOR. Estos cheques pueden ser cobrados por cualquier persona sin desmedro que el banco registre la identidad de la persona que este cobrando el documento y solo lo pagara con la presentación de su cedula de identidad.
2.- CHEQUE A LA ORDEN: es aquel que se le ha borrado la frase O AL PORTADOR, en la práctica suele llamarse cheque cerrado. Debe ser cobrado por la persona a cuya orden fue extendido o a quienes le haya sido endosado, o por el mandatario del tenedor con poder suficiente.
3.- CHEQUE NOMINATIVO: es aquel que se le han borrado las frases A LA ORDEN, O AL PORTADOR, solo pueden ser cobrados por la persona a cuyo nombre se extiende o por su mandatario con poder suficiente. También puede endosarse en comisión de cobranza, pero unicamente a un banco y por aquel a cuyo nombre se extiende.
4.- Cheque Cruzado General: se dice que un cheque este cruzado en general, cuando entre sus líneas paralelas colocadas en el anverso, no tiene ninguna designación.
5.- Cheque cruzado especial: se dice que un cheque cruzado especial, es el que entre sus líneas paralelas transversales lleva el nombre de un banco determinado u otro a quien dicha institución se le haya endosado en comisión de cobranza.
El Endoso
El endoso corresponde a la firma del beneficiario o del representante si se trata de una persona jurídica puesta al dorso del cheque, la cual transfiere el dominio del documento o se entrega en cobro. Existen dos tipos de endoso:
El endoso general y el endoso nominativo.
Endoso General
Es cuando se estampa en el dorso del cheque la firma y timbre de la razon social si es persona jurídica. Esto significa que puede ser cobrado por cualquier persona.
Endoso Nominativo
Puede ser cobrado o depositado solo por la persona a nombre de quien se extiende el endoso. Por ejemplo se extiende el endoso de un cheque.
CHEQUE AL PORTADOR: Cheque que puede cobrar cualquier persona que lo presente en el banco
CHEQUE NOMINATIVO: Cheque que únicamente puede cobrar la persona cuyo nombre figura en él.
CHEQUE CONFORMADO: Cheque en el que la entidad bancaria acredita que el emisor del mismo dispone de fondos suficientes, los cuales son retenidos hasta efectuar su pago.
CHEQUE CRUZADO: Es un cheque al cual se le trazan dos líneas rectas paralelas y en diagonal en el frente. Al hacer esto el cheque no se puede cobrar en efectivo y solo se puede depositar en una cuenta.
Cheques de pago diferido
El cheque diferido, es una orden de pago librada a una fecha en el futuro por un plazo entre 1 y 360 días desde su emisión. Hay un plazo máximo de 30 días para presentar el cheque desde la fecha de vencimiento fijada por el librador para el pago.
Estos cheques se pueden negociar en el mercado de capitales.
Cheque certificado
El banco certifica que el cheque tiene fondos, reservando los mismos hasta que sea cobrado. Es una garantía de que el cheque tiene fondos