LETRA DE CAMBIO
Es un sistema mediante el cual se transfieren fondos entre distintas cuentas bancarias sin necesidad de transportar físicamente el dinero. Las transferencias bancarias pueden realizarse a través de cajeros automáticos, "home banking", o las sucursales de la entidad bancaria.
En cuanto al destino de las transferencias, pueden realizarse entre cuentas de una misma persona física o jurídica en un mismo banco, o en diferentes bancos en diferentes países, o entre cuentas de diferentes titulares.
El costo de este servicio depende de cada entidad bancaria, pero suelen no tener costo adicional cuando las cuentas de origen y destino pertenecen a un mismo banco. A su vez, existen límites máximos para los montos a transferir, que dependen de cuál sea el tipo de transferencia a realizar.
LIBRADOR: Es la persona que emite la orden y da la orden de que pague el librado. Es imprescindible que firme la letra.
LIBRADO Y ACEPTANTE: Es la persona a la que el librador dirige la orden de pagar la letra cuando ha aceptado la letra mediante la firma se convierte en aceptante.
TOMADOR O TENEDOR: Es la persona a quien el librador transmite la letra (normalmente un banco o caja de ahorros) para que el librado la pague. El tomador puede endosar (transmitir) la letra a terceras personas o presentársela a la aceptación y al cobro.
ENDOSANTE: Es la persona que posee una letra y la transmite a otra (endosatario) por medio del endoso.