Libros obligatorios
El reglamento del IVA, en sus artículos 164 al 171, recoge a los sujetos pasivos están obligados a llevar los libros del regitro de factura que son:
- Libro registro de facturas emitidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión ( solo es obligatorio para los sujetos pasivos a los que les sea de aplicacion la Regla de Prorrata y que tengan que regularizar sus deducciones por bienes de inversión).